







Obras, homenajes y fiestas en el 142° Aniversario de Pocito*





La empleada presentó un recurso de reconsideración, pero fue rechazado por el Gobierno provincial. Aludieron que sus faltas administrativas fueron determinantes.
La empleada atacó la decisión diciendo que este acto administrativo le causó un daño irreparable y lesionó sus derechos subjetivos, ya que le faltaban dos años de servicio para estar en condiciones de acceder al beneficio jubilatorio.
Esteban fundó su expulsión en el reglamento administrativo el que según lo que expresa dispone que debe efectuarse investigaciones previas al acto administrativo que ordena la instrucción de sumario, conforme a la gravedad del hecho manifiesta que la finalidad de la norma es preservar el estado de inocencia hasta tanto se investigue e hipotéticamente se compruebe la responsabilidad administrativa en el hecho por lo cual debe responder.
En el decreto se señaló que la inconducta de la administrada tuvo su origen en un acto de desesperación por ayudar a sus compañeros y en razones particulares de necesidad económica con ausencia de intencionalidad por lo que la medida expulsiva adoptada, dijo, es contradictoria, arbitraria, y maliciosa al generarle la falta de ingresos. Asimismo, señaló que esto le provocó un grave perjuicio que le causó la vinculación a la causa administrativa se la desvinculó para culminar sus aportes para lograr un buen retiro.
La afectada dijo que esto le causó un perjuicio irreparable, ya que está a dos años de jubilarse. Sin embargo, dijeron que esto no ataca la causa puntual de la falta cometida por la agente. La decisión fue tomada por el departamento jurídico del Ministerio de Salud Pública y Asesoría Letrada del Gobierno.